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De 100 novillos, 14 irían al pago de Ganancias

Néstor Roulet, Confederación de Asociaciones Rurales de la Tercera Zona (Cartez).

Los productores ganaderos deberán resignar este año capital en hacienda para hacer frente al pago del Impuesto a las Ganancias, debido a la no aplicación del ajuste por inflación en el cálculo del tributo. Con una tasa de inflación superior a 25 por ciento y el aumento nominal de los precios ganaderos, es posible que la ganancia por tenencia o venta no sea una utilidad genuina, sino una utilidad producida por la inflación, analiza el informe elaborado por Néstor Roulet.

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Martes 31.08.2010Los productores ganaderos deberán resignar este año capital en hacienda para hacer frente al pago del Impuesto a las Ganancias, debido a la no aplicación del ajuste por inflación en el cálculo del tributo.

Así, un productor que contabilizaba 100 novillos como existencia inicial al 30 de junio de 2009 e igual existencia final al 30 de junio de 2010 -período anual computado para el cálculo- deberá resignar 14 animales para pagar el 35 por ciento de Ganancias, de acuerdo con un trabajo de la Confederación de Asociaciones Rurales de la Tercera Zona (Cartez).

Con una tasa de inflación superior a 25 por ciento y el aumento nominal de los precios ganaderos, es posible que la ganancia por tenencia o venta no sea una utilidad genuina, sino una utilidad producida por la inflación, analiza el informe elaborado por Néstor Roulet, titular de la confederación que agrupa a las sociedades rurales en la provincia.

Según el artículo 53 de la reglamentación del Impuesto a las Ganancias, a efectos de la aplicación del costo estimativo para revaluación anual, las existencias de los establecimientos de invernada se valuarán al precio de plaza a la fecha de cierre del ejercicio en el mercado, menos los gastos de venta, determinado para cada categoría de hacienda.

"En tal caso, al aplicar el Impuesto a las Ganancias, el 35 por ciento se aplicaría también sobre capital y no únicamente sobre utilidad, lo cual sería confiscatorio", advierte Roulet.

Al no tener el componente de actualización, el tributo impacta sobre el capital del productor, que tiene que vender parte de su rodeo para pagarlo, a pesar de tener la misma existencia inicial y final de novillos o kilos de carne.

En el ejemplo de los 100 novillos, el productor contabilizaría un capital inicial de 140 mil pesos y uno final de 260 mil (una ganancia teórica de 120 mil), con lo cual deberá afectar 42 mil al pago de Ganancias, el equivalente a la venta de 14 novillos. Así, la existencia del productor bajará a 86 cabezas.

"En caso de que la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) no tenga en cuenta estas asimetrías, es necesario que el Poder Legislativo actúe para impedir la descapitalización del productor ganadero", indicó Roulet.

Como propuesta, menciona que se puede tomar como base de actualización el mismo artículo 53 en el inciso c) para los vientres, donde "se tomará como valor de avalúo el que resulte de aplicar al valor que al inicio del ejercicio tuviera la categoría a la que el vientre pertenece a su finalización, el mismo coeficiente utilizado para el cálculo del ajuste por inflación impositivo".

Como consecuencia de las intervenciones en los índices habrá que considerar una "inflación hacia delante" y una "inflación hacia atrás", con lo cual el Poder Judicial deberá resolver "el aluvión de casos que serán presentados por violación al derecho de propiedad".

En 1992 se suspendió el ajuste por inflación, una las herramientas tendientes a evitar la confiscación tributaria, en un contexto económico totalmente diferente (la convertibilidad con el peso atado al dólar). A partir de 2001, luego de la devaluación, era necesario reactivar su empleo, lo que no sucedió.

Luego, en varios fallos judiciales (instrumento de uno de los Poderes del Estado encargado de revisar hacia atrás lo que no está encuadrado dentro de la Constitución) se calificó como "confiscatoria" a la extracción impositiva sin el ajuste por inflación.


La Voz del Interior
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