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Aclaró ARBA que aún puede embargar por vía judicial

La Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) aclaró ayer que, pese a la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de impedirle ordenar por sí misma a los bancos que embarguen activos y cuentas radicadas en otras provincias, aún conserva la facultad de buscar el embargo por vía judicial.

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Jueves 02.07.2009La Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) aclaró ayer que, pese a la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de impedirle ordenar por sí misma a los bancos que embarguen activos y cuentas radicadas en otras provincias, aún conserva la facultad de buscar el embargo por vía judicial.

Además, el ente recordó que lo decidido por el máximo tribunal "no impide continuar con la traba de medidas cautelares sobre cuentas bancarias dentro de la provincia".

El director ejecutivo de ARBA, Rafael Perelmiter, advirtió, mediante un comunicado, que el ente "mantiene sus facultades para trabar embargos sobre cuentas y activos bancarios extraños a su jurisdicción siguiendo el trámite establecido por la ley nacional 22.172". Esto es, recurriendo a la Justicia.

"Somos respetuosos de la Justicia, pero debe tenerse en cuenta que el máximo tribunal no se expidió sobre la cuestión de fondo debatida, que son los alcances del artículo 13 bis del Código Fiscal", dijo Perelmiter.

El fallo de la Corte hizo lugar a un planteo cautelar de la Asociación de Bancos de la Argentina "para que ARBA se abstenga de requerir a entidades financieras la anotación de medidas cautelares decretadas por el órgano de recaudación bonaerense, concernientes a cuentas y activos bancarios radicados fuera del territorio de la provincia".

"Se aplicarán todos los instrumentos legales que tengamos a nuestro alcance para cobrar los impuestos adeudados a la provincia sin permitir que los evasores se salgan con la suya", advirtió Perelmiter.

El artículo 13 bis del Código Fiscal indica que ARBA "podrá decretar el embargo de cuentas bancarias, fondos y valores depositados en entidades financieras, o de bienes de cualquier tipo o naturaleza, inhibiciones generales de bienes y adoptar otras medidas cautelares tendientes a garantizar el recupero de la deuda en ejecución. También podrá disponer el embargo general de los fondos y valores de cualquier naturaleza que los ejecutados tengan depositados en las entidades financieras regidas por la ley 21.526".

Por otra parte, ARBA informó ayer que en junio la recaudación bonaerense creció un 35% en comparación con igual mes de 2008. Entraron 1752 millones de pesos y el pago de ingresos brutos creció un 42% respecto de igual mes de 2008.

 



Pablo Morosi
La Nación
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