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Rechazo de CARTEZ al nuevo régimen de información para productores de granos (RG Afip 2750)

El Consejo Superior Directivo de CARTEZ, en su sesión del viernes 5 de abril, resolvió rechazar la nueva obligación impuesta a todos los productores de granos (incluso los inscriptos en el régimen simplificado - monotributo) por considerarla persecutoria, innecesaria, burocrática y discriminatoria.

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Lunes 08.02.2010El Consejo Superior Directivo de CARTEZ, en su sesión del viernes 5 de abril, resolvió rechazar la nueva obligación impuesta a todos los productores de granos (incluso los inscriptos en el régimen simplificado - monotributo) por considerarla persecutoria, innecesaria, burocrática y discriminatoria.

Es persecutoria porque no busca otra cosa que intimidar a los productores, inventando obligaciones para poder imponer sanciones en caso de incumplimientos o cumplimientos parciales.

Es innecesaria ya que la información global de superficie sembrada y producción estimada puede obtenerse (como se hace en todo el mundo) por el análisis de la venta de insumos y la aplicación de estadísticas, todo mejorado por fotos satelitales. En caso de dudas, recomendamos a la AFIP consultar los informes de las Bolsas de Cereales argentinas, de los consultores privados nacionales e internacionales, las estadísticas (aunque discontinuadas) emitidas desde el propio Gobierno Nacional y los informes del USDA.

Es burocrática debido a que obliga al productor a dejar de ocuparse de la generación de riqueza argentina para destinar tiempo a satisfacer caprichos imaginados desde despachos con vista a la Plaza de Mayo, para los que obstaculizar es más importante que favorecer la producción.

Es discriminatoria porque ningún gran sector de la economía argentina está sometido a obligaciones similares.

Por todo ello, CARTEZ elevará a CRA la solicitud de gestión de derogación de la Resolución General AFIP Nº 2750, publicada en el Boletín Oficial el 21 de enero de 2010.


CARTEZ
Confederación de Asociaciones Rurales de la Tercera Zona - Córdoba
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